Ley, CGU, prácticas comerciales: ¿quién prevalece realmente?

excerpt: ¿Puede una CGU privarle de un derecho que la ley le otorga? No. Pequeña guía de la jerarquía de normas aplicada a los videojuegos, para entender por qué «está escrito en el contrato» nunca es suficiente.
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Para orientarse en el debate sobre los derechos de los jugadores, primero hay que distinguir algunas nociones que a menudo se confunden. Explican por qué una cláusula de un contrato no puede con todo.
El vocabulario básico
- La ley: las normas adoptadas por el legislador. Se imponen a todos, tanto ciudadanos como empresas.
- La aplicación de la ley: la forma en que efectivamente se pone en práctica. Una ley puede existir pero aplicarse poco, a falta de denuncias o de controles.
- La aplicabilidad: no todas las normas valen en todas partes. Una directiva europea, por ejemplo, debe ser transpuesta al derecho nacional para producir plenamente sus efectos, al contrario de un reglamento, directamente aplicable.
- Las CGU: las condiciones fijadas unilateralmente por una empresa. Son contratos, pero contratos sometidos a la ley.
La jerarquía de normas
Este es el punto esencial: un contrato no puede derogar las normas imperativas. Una CGU que pretenda privarle de un derecho garantizado por la ley (derecho de desistimiento, garantía de conformidad, protección contra las cláusulas abusivas) carece de efecto en ese punto. En derecho del consumo europeo, estas protecciones son de orden público: no se puede renunciar a ellas válidamente, ni siquiera «aceptando».
«Está escrito en el contrato» nunca ha significado «es legal». Un contrato se inclina ante la ley, no al revés.
Por qué los editores escriben igualmente estas cláusulas
Porque funcionan mientras nadie las impugne. Una cláusula abusiva permanece en el contrato y disuade a la mayoría de los usuarios, hasta que un juez, una asociación o una autoridad la anula. De ahí la importancia de conocer sus derechos.
Ver: las cláusulas abusivas · sus derechos como consumidor.
Referencias oficiales
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Comentarios (1)
Article très éclairant, merci pour ce travail de synthèse juridique. On comprend enfin les enjeux réels derrière nos achats numériques.